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Artículo UNICO del Decreto Ley 790

Modifica el inciso 2° del articulo 25° de la ley n° 15.386

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6356 / 7125895.

Texto oficial

Artículo único.- Sustitúyense en el inciso 2° del artículo 25° de la ley N° 15.386 -modificado por el artículo 14 de la ley N° 17.828-, las frases "1° de Enero de 1975" y "1° de Enero de 1976" por las siguientes: "1° de Diciembre de 1974" y "1° de Diciembre de 1975", respectivamente.