Saltar al contenido

Artículo 5 del Decreto Ley 799

Deroga ley n° 17.054 y dicta en su reemplazo disposiciones que regulan uso y circulacion de vehiculos estatales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6359 / 9035945.

Texto oficial

Artículo 5°.- El sello que establece el artículo anterior será confeccionado por la Casa de Moneda de Chile y deberá ser adquirido por los respectivos servicios, organismos y empresas afectas a estas disposiciones.