Texto oficial
ARTICULO 48°.- Las participaciones o asignaciones
percibidas por los directores o consejeros de las sociedades
anónimas quedarán afectas a los impuestos del Título III
o IV, según corresponda.
Aprueba texto que indica de la ley sobre impuesto a la renta
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6368 / 8656082.