Texto oficial
ARTICULO 22° La Fundación Graciela Letelier de Ibañez
"CEMA-Chile" y el Comité Nacional de Navidad; Corporación
de Ayuda al Deficiente Mental el Consejo Nacional de
Protección a la Ancianidad, estarán exentos de los
siguientes tributos:
1° De los contemplados en el decreto ley 619, de 1974,
sobre Impuestos de Timbres, Estampillas y Papel Sellado;
2° De los establecidos en el decreto ley 824, de 1974,
sobre Impuesto a la Renta, por los ingresos percibidos o
devengados. Respecto de estas instituciones no tendrá
aplicación lo dispuesto en el inciso final del artículo
40° de dicho decreto ley, y
3° De los mencionados en el artículo 12° de la ley
17.412, publicada en el Diario Oficial del 3 de marzo de
1971.