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Artículo 1 transitorio del Decreto Ley 913

Determina funciones del ministerio de salud publica y fija la planta de su personal

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6401 / 9036004.

Texto oficial

ARTICULO 1° La Polla Chilena de Beneficencia se relacionará con el Gobierno a través del Ministerio de Hacienda a contar desde la fecha de este decreto ley, de modo que todas las referencias de las normas que rigen a esa empresa, se entenderán hechas a esa Secretaría de Estado, conservando su actual estructura y el régimen jurídico que la afecta.