Texto oficial
Artículo único transitorio.- La bonificación establecida en el Título II, que corresponda al mes de Marzo, deberá pagarse dentro del plazo de 10 días, contados desde la publicación del presente decreto ley.
Concede bonificacion mensual que indica
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6419 / 7126185.