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Artículo 1 del Decreto Ley 1029

Fija incentivo a las nuevas inversiones a traves del sistema de amortizacion acelerada

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6454 / 7126342.

Texto oficial

Artículo 1.o Para los efectos del Impuesto a la Renta, los contribuyentes de la Primera Categoría que estén obligados a declarar la renta efectiva, podrán optar por aplicar una depreciación acelerada a sus bienes físicos del activo inmovilizado, en reemplazo del régimen de depreciación que se establece en el número 5 del artículo 31 de la nueva Ley de Impuesto a la Renta.