Texto oficial
MUNICIPALIDAD DE QUILLOTA
Artículo 207°.- Sustitúyese, a contar del 1° de
Enero de 1974, el artículo 206° del decreto ley N° 683,
publicado en el Diario Oficial de 8 de Octubre de 1974, que
fijó la ubicación de los trabajadores de la Municipalidad
de Quillota en la Escala Unica, por el siguiente:
"Artículo 206°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de
1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Quillota,
de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del decreto
ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala
Unica:
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Grado Escala Grado
Nombre del Cargo Municipal Escala Unica
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Planta Directiva
Alcalde 5a Cat. 5°
Director de Depto. de Secretario
Municipal y Jefe de Control 5a Cat. 8°
Director de Depto. de Secretario
de la Alcaldía 5a Cat. 9°
Director del Depto. de
Juez de Policía Local 5a Cat. 7°
Directores de Deptos. de Obras 6a Cat. 8°
Director Depto. Tránsito 6a Cat. 9°
Directores de Deptos. de: Aseo,
Arq. Plan Regulador 1° 10°
Directores de Deptos. de: Rentas
y Patentes; Defensa Municipal 4° 10°
Director de Depto. de: Médico
Veterinario y Administrador
Matadero 8° 11°
Planta Profesional
Médico Gabinete Psicotécnico 6° Ley 15.076
Planta Administrativa
Director Parques y Jardines,
Director de Relaciones Públicas
y Jefe de Inventario 5a Cat. 16°
Secretario Jdo. de Policía
Local 2° 19°
Director Biblioteca, Jefe
Archivo y Museo, Director
Cementerio, Subadministrador
Matadero e Inspector Servicio
Municipal, Auxiliar Director
del Tránsito, Oficial 1° Jdo.
de Policía Local,
Inspector Jefe de Obras y
Servicios Municipales 5° 20°
Oficial de Partes e Inspector
de Servicios Municipales; Oficial
2° Jdo. de Policía Local;
Administrador Estadio y Sala de
Usos Múltiples; Secretaria Auxilio
Alcaldía e Inspector Servicios
Municipales 6° 21°
Oficial 3° Jdo. Policía Local 7° 22°
Administrador Mercados e
Inspector de Ferias 8° 22°
Auxiliar Plan Regulador e
Inspector Servicios Municipales;
Auxiliar Secretaría e Inspector
Servicios Municipales 11° 25°
Auxiliar D. Tránsito e Inspector
Servicios Municipales 11° 25°
Secretario Aux. D. Obras e
Inspector Servicios Municipales;
Auxiliar Rentas y Patentes e
Inspector Servicios Municipales 11° 25°
Auxiliar Secretaría Dirección
Aseo e Inspector Servicios
Municipales; Auxiliar Dirección
Rentas y Patentes e Inspector
Servicios Municipales 13° 29°
Planta de Servicios Menores
Capataz, Capataz Jardinero 2° 25°
Jardinero 3° 26°
Bod. Carpintero 3° 26°
Choferes 4° 27°
Mayordomo Est. Capataz, Mayordomo 4° 27°
Albañiles 4° 27
Gásfiter 4° 27
Portero, Peonetas 4° 27
Jardinero 4° 27
Mec. Chofer 5° 28
Choferes 5° 28
Carpintero 5° 28
Albañil 5° 28
C. Aguas 5° 28
Barredores, Peonetas 5° 28
Port. Matadero 5° 28
Obreros 5° 28
Jardinero 5° 28
Portero 6° 29
Chofer 6° 29
Electricista 6° 29
Albañil, Carpintero, Pintor 6° 29
Enfierrador 6° 29
Peonetas 6° 29
Jardinero 6° 29
Obrero 6° 29
Barredor 7° 31
Albañil, Carpintero, Soldador 7° 31
Albañil 7° 31
Peonetas 7° 31
Obreros, Portero 7° 31
Barredor 8° 32
Barredor 8° 32
Obrero, Jardinero
El o los cargos de Alcalde grado 5° se convertirá en
grado 6° al quedar vacantes.
El o los cargos de Director de Depto. de Secretario de la
Alcaldía grado 9° se convertirá en grado 13° al quedar
vacantes.
El o los cargos de Director Depto. Tránsito grado 9°
se convertirán en grado 11° al quedar vacantes.
El o los cargos de Directores de Depto. de: Aseo,
Arquitecto Plan Regulador grado 10° se convertirán en
grado 11° al quedar vacantes.
El o los cargos de Director de Depto. de: Médico
Veterinario y Administrador del Matadero grado 11° se
convertirán en grado 13° al quedar vacantes.
El o los cargos de Oficial 3er. Jdo. Policía Local
grado 22° se convertirán en grado 23° al quedar vacantes.
El o los cargos de Administrador Mercado e Inspector de
Feria grado 22° se convertirán en grado 25° al quedar
vacantes.
El o los cargos de Auxiliar Plan Regulador Inspector
Servicios Municipales; Auxiliar Secretaría e Inspector
Servicios Municipales; grado 25° se convertirán en grado
27° al quedar vacantes.
El o los cargos de Auxiliar D. Tránsito e Inspector
Servicios Municipales grado 25° se convertirán en grado
27° al quedar vacantes.
El o los cargos de Auxiliar de Rentas, Patentes e
Inspector Servicios Municipales; Secretario Aux. D. Obras e
Inspector Servicios Municipales grado 25° se convertirán
en grado 27° al quedar vacantes.
El o los cargos de Auxiliar Secretario Director Aseo e
Inspector Servicios Municipales; Auxiliar Direc. Rentas,
Patentes e Inspector Servicios Municipales grado 29° se
convertirán en grado 31° al quedar vacantes.
El o los cargos de Barredor grado 32° y Obrero,
Jardinero grado 32° se convertirán en grado 35° al quedar
vacantes."