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Artículo 227 del Decreto Ley 1133

Sustituye a contar de la fecha que indica; la ubicacion en la escala unica de sueldos de los personales de las municipalidades que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6500 · idParte: 8990685

Texto oficial

MUNICIPALIDAD SAGRADA FAMILIA Artículo 227°.- Sustitúyese, a contar del 1° de Enero de 1974, el artículo 226° del decreto ley N° 683, publicado en el Diario Oficial de 8 de Octubre de 1974, que fijó la ubicación de los trabajadores de la Municipalidad de Sagrada Familia en la Escala Unica, por el siguiente: "Artículo 226°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Sagrada Familia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica: ------------------------------------------------------- Grado Escala Grado Escala Nombre del Cargo Municipal Unica ------------------------------------------------------- Alcalde 16 Planta de Empleados Secretario Municipal y de Alcaldía 9° 19 Inspector de Patentes 9° 22 Inspector de Obras 14° 25 Planta de Obreros Obrero Especializado 7° 28 Obreros Especializados 8° 30 Chofer 9° 27 Obrero Especializado 9° 32 El o los cargos de Inspector de Patentes grado 22°, se convertirán en grado 24° al quedar vacantes. El o los cargos de Inspector de Obras grado 25°, se convertirán en grado 27° al quedar vacantes. El o los cargos de Obrero Especializado grado 32°, se convertirán en grado 33° al quedar vacantes."