Texto oficial
MUNICIPALIDAD DE SAMO ALTO
Artículo 229.- Sustitúyese, a contar del 1° de Enero
de 1974, el artículo 228° del Decreto - Ley N° 683,
publicado en el Diario Oficial de 8 de Octubre de 1974, que
fijó la ubicación de los trabajadores de la Municipalidad
de Samo Alto en la Escala Unica, por el siguiente:
"Artículo 228°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de
1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Samo
Alto, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del
Decreto-Ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la
Escala Unica:
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Grado Escala Grado Escala
Nombre del Cargo Municipal Unica
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Alcalde 16
Planta Administrativa
Secretario Municipal y Alcaldía Gr. 11° 19
Inspector Municipal Gr. 11° 23
Planta Obreros
Obrero Gr. 5° 29
El o los cargos de Inspector Municipal grado 23 se
convertirán en grado 24 al quedar vacantes.
El o los cargos de Obreros grado 29 se convertirán en
grado 35 al quedar vacantes."