Texto oficial
Artículo 6°.-Autorízase al Presidente de la
República para entregar, por una sola vez, a la Dirección
de Aeronáutica Civil la cantidad de E° 1.000.000.000, en
sustitución de la tasa o derecho de embarque de los
pasajeros con destino al extranjero.
Autorízase, asimismo, para entregar a la Dirección de
Reclutamiento y Estadísticas de las Fuerzas Armadas, por
una sola vez, la cantidad de E° 100.000.000, por concepto
de los derechos fijados en la Ley de Reclutamiento que
ingresen a rentas generales de la Nación.