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Artículo 2 del Decreto Ley 1182

Subsecretaria de;carabineros;incorpora a determinados destacamentos de;carabineros de la provincia de magallanes a los;beneficios del articulo 7° del decreto ley n° 249, de;1974

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6511 · idParte: 7126628

Texto oficial

Artículo 2°.- El mayor gasto que signifique la aplicación del presente cuerpo legal, se financiará con cargo al ítem 02 "sobresueldos" del presupuesto de Carabineros de Chile.