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Artículo 2 transitorio del Decreto Ley 1225

Determina normas sobre avaluos de bienes raices que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6520 · idParte: 9036170

Texto oficial

Artículo 2°.- Por el año 1976, los contribuyentes podrán pagar el impuesto territorial y la prestación por servicio de aseo contemplada en el artículo 18° de la ley N° 11.704, en cuatro cuotas, en los meses de Abril, Junio, Septiembre y Noviembre.