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Artículo 1 del Decreto Ley 1230

Divide las regiones del pais en provincias que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6524 / 8257183.

Texto oficial

Artículo 1°.- Divídese la I Región en las siguientes provincias: 1.- Provincia de Arica. Capital Arica. Comprende en general el actual departamento de Arica; 2.- Provincia de Iquique. Capital Iquique. Comprende en general los actuales departamentos de Iquique y Pisagua y el sector que en general corresponde al distrito minero ubicado en el norponiente del distrito 3 Collaguasi de la actual comuna de Calama del departamento de El Loa.