Texto oficial
Artículo 5°.- Divídese la XII Región Magallanes y Antártica Chilena en las siguientes provincias:
1.- Provincia de Ultima Esperanza. Capital Puerto Natales. Comprende en general el actual departamento de Ultima Esperanza, más los distritos 2 Río Rubens, de la actual comuna de Morro Chico, y el distrito 3 Muñoz Gamero, de la actual comuna de Río Verde, del departamento de Magallanes.
2.- Provincia de Magallanes. Capital Punta Arenas. Comprende en general el actual departamento de Magallanes con las siguientes modificaciones:
a) Se incluyen los distritos 7 Isla Dawson y 8 Isla Clarence de la actual comuna de Porvenir, del departamento de Tierra del Fuego, y
b) Se excluyen los distritos 2 Río Rubens de la comuna de Morro Chico y 3 Muñoz Gamero de la comuna de Río Verde del actual departamento de Magallanes.
c) Se excluye la comuna La Antártica.
3.- Provincia de Tierra del Fuego. Capital Porvenir. Comprende en general las actuales comunas de Porvenir, Primavera y Bahía Inútil, del departamento de Tierra del Fuego con las siguientes modificaciones:
a) Se excluye la comuna de Navarino excepto un sector del distrito 3 Darwin, correspondiente al territorio ubicado al norte de la Cordillera de Darwin desde el límite con la República Argentina hasta el Cerro Mayo, para continuar por la línea divisoria de aguas hasta Punta Pirámide, y
b) Se excluyen los distritos 7 Isla Dawson y 8 Isla Clarence de la actual comuna de Porvenir, del departamento de Tierra del Fuego.
4.- Provincia Antártica Chilena. Capital Puerto Williams. Comprende la actual comuna de la Antártica, del departamento de Magallanes, y la actual comuna de Navarino, del departamento Tierra del Fuego, excluido el sector del distrito 3 Darwin que está al norte de la Cordillera de Darwin, desde el límite con la República Argentina hasta el Cerro Mayo, para continuar por la línea divisoria de aguas hasta Punta Pirámide.