Texto oficial
ARTICULO 9° Créase, en el Presupuesto del Ministerio
de Hacienda del año en curso, el siguiente ítem:
"08/01/03.43 Derechos de Aduanas - MOP $ 1.000. Con cargo a
este ítem se pagarán los derechos de internación, de
almacenaje, tasa de despacho y, en general, todo derecho o
contribución que se perciba por intermedio de las Aduanas,
que correspondan a la importación de maquinarias, equipos y
demás mercancías que efectúe el Ministerio de Obras
Públicas, cuyos registros de importación hayan sido
aprobados por el Banco Central antes del 1° de octubre de
1975. Este ítem será excedible y las Direcciones Generales
respectivas emitirán giros contra las Tesorerías
Provinciales correspondientes, sin necesidad de decretos de
fondos.