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Artículo 12 del Decreto Ley 1285

Dispone mejoramiento economico del personal docente y paradocente del ministerio de educacion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6551 / 7126881.

Texto oficial

Artículo 12°- Las disposiciones de este decreto ley regirán a contar del 1° de Enero de 1976.