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Artículo 7 del Decreto Ley 1303

Subsecretaria de economia, fomento y reconstruccion aprueba planta del personal del consejo regional de turismo valdivia y osorno

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6562 / 8257354.

Texto oficial

Artículo 7°.- Los requisitos que se establecen en el articulado de este cuerpo legal, para el desempeño de determinados cargos, regirán para las nuevas designaciones que se efectuén con posterioridad a la fecha de publicación de este decreto ley, sin perjuicio de los demás requisitos estatutarios o legales en actual vigencia. A las personas que ocupen en la actualidad algunos de los cargos señalados no les será aplicable la exigencia de los requisitos establecidos en este texto legal para continuar desempeñando dichos cargos.