Texto oficial
Artículo transitorio.- Los asistentes sociales que actualmente se desempeñan en calidad de titulares en los Juzgados de Letras de Menores del país, integrarán la cuarta serie del Escalafón Secundario en la respectiva categoría, según la ubicación del Tribunal a que pertenecen. Dentro de cada categoría, se les ubicará en el orden de antigüedad que corresponda, de acuerdo a la fecha de sus nombramientos en propiedad. La misma fecha se considerará como la de ingreso a la categoría, y la de su primer nombramiento de titular en algún Tribunal, como la de ingreso al servicio judicial.