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Artículo transitorio del Decreto Ley 1366

Incorpora a los asistentes sociales de los juzgados de letras de menores a escalafon secundario de funcionarios judiciales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6585 / 7127214.

Texto oficial

Artículo transitorio.- Los asistentes sociales que actualmente se desempeñan en calidad de titulares en los Juzgados de Letras de Menores del país, integrarán la cuarta serie del Escalafón Secundario en la respectiva categoría, según la ubicación del Tribunal a que pertenecen. Dentro de cada categoría, se les ubicará en el orden de antigüedad que corresponda, de acuerdo a la fecha de sus nombramientos en propiedad. La misma fecha se considerará como la de ingreso a la categoría, y la de su primer nombramiento de titular en algún Tribunal, como la de ingreso al servicio judicial.