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Artículo 24 del Decreto Ley 1445

Modifica presupuesto vigente de la nacion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6617 / 9030448.

Texto oficial

Artículo 24°- Lo dispuesto en el artículo 118° de la ley N° 17.654 será aplicable a los trabajos extraordinarios relacionados con el Programa de implantación del Rol Unico Nacional, que deban efectuarse en el Servicio de Registro Civil e Identificación.