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Artículo 2 del Decreto Ley 1540

Modifica la ley de cambios internacionales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6650 / 7127314.

Texto oficial

Artículo 2°- Introdúcense las siguientes modificaciones al artículo 3° de la ley N° 15.192: a) Reemplázanse en los incisos primero y segundo los guarismos "500%" por "200%" y "100%" por "30%". b) Suprímese en el inciso quinto la frase "los que no serán excarcelables, reemplazando la coma (,) que la antecede por un punto (.). c) Suprímese el inciso sexto.