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Artículo 8 transitorio del Decreto Ley 1552

Acta constitucional n° 3.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6656 / 9036439.

Texto oficial

ARTICULO 8° La presente Acta Constitucional entrará en vigencia el 18 de septiembre de 1976.