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Artículo 2 del Decreto Ley 1555

Otorga nuevo plazo que indica y dicta normas sobre nombramiento de personal y de ordenamiento administrativo para la oficina de presupuesto del poder judicial

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6658 / 8864181.

Texto oficial

Artículo 2°- Deróganse los artículos 6° y 7° de la ley N° 17.574. Sin perjuicio de lo anterior quedan subsistentes los cargos creados en el citado artículo 7°, los que se agregarán a la planta del artículo 13 de la ley N° 14.548, debiendo en lo sucesivo nombrarse a los funcionarios conforme al artículo 14 de esta última ley.