Texto oficial
ARTICULO 50° B.- Los tributos de este título serán DL 3454 1980
también aplicables en los casos de especies que, estando en ART 6° N° 9
su transferencia afectas al Impuesto al Valor Agregado, sean
dadas en arrendamiento con opción de compra por parte del
arrendatario, debiendo determinarse y pagarse dichos
tributos en la misma forma y oportunidad en que proceda el
impuesto del Título II correspondientes a la misma
operación.