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Artículo 72 del Decreto Ley 1939

Normas sobre adquisicion, administración y disposicion de bienes del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6778 / 8739378.

Texto oficial

Artículo 72.- Siempre que según el Servicio ello fuere conveniente para los intereses fiscales, la Dirección podrá convenir con los arrendatarios morosos fórmulas especiales de pago.