Texto oficial
Artículo 72.- Siempre que según el Servicio ello fuere
conveniente para los intereses fiscales, la Dirección
podrá convenir con los arrendatarios morosos fórmulas
especiales de pago.
Normas sobre adquisicion, administración y disposicion de bienes del estado
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6778 / 8739378.