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Artículo 1 del Decreto Ley 2043

Crea nuevas plazas de fiscal y oficiales de los mismos, en las cortes de apelaciones de santiago, valparaiso y concepcion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6791 / 7127842.

Texto oficial

Artículo 1°- Reemplázase el artículo 58 del Código Orgánico de Tribunales, por el siguiente: "Artículo 58.- Cada Corte de Apelaciones tendrá un Fiscal. La Corte de Apelaciones de Santiago tendrá cinco Fiscales, y las Cortes de Valparaíso y Concepción dos Fiscales cada una. El ejercicio de sus funciones será reglado por el tribunal, como lo estime más conveniente para el mejor servicio, con audiencia de estos funcionarios.".