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Artículo 18 del Decreto Ley 2062

Establece y modifica diversas disposiciones previsionales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6805 / 7127883.

Texto oficial

Artículo 18°.- Sustitúyese el inciso segundo del artículo 30 de la ley N° 10.475, por el siguiente: "Un reglamento determinará las oportunidades, condiciones y modalidades en que se reajustarán las rentas imponibles de los imponentes voluntarios".