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Artículo 1 del Decreto Ley 2065

Modifica la legislacion aduanera para facilitar el trafico de cabotaje y agilizar otras operaciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6808 / 7127899.

Texto oficial

Artículo 1°.- Intercálanse en el inciso final del artículo 35 de la ley N° 13.039, agregado por el artículo 3° del decreto ley N° 1.582, de 1976, las siguientes expresiones, después del punto seguido, a continuación de la palabra "Antárticas" y antes de la frase final de dicho inciso: "La importación de las referidas mercancías podrá efectuarse también por Aduanas mayores ubicadas fuera de la XII Región".