Texto oficial
Artículo 3°- Elimínase, en el artículo 149 de la Ordenanza de Aduanas, la expresión "y cabotaje"; sustitúyese la coma (,) que va a continuación de la palabra "importación" por una "o" y, agrégase el siguiente nuevo inciso:
"En el tráfico de cabotaje, el Superintendente de Aduanas determinará la forma de fiscalización de los embarques y desembarques de mercancías en ese tráfico".