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Artículo UNICO del Decreto Ley 2068

Modifica el articulo 4° del decreto ley n° 1.349, de 1976, que creo la comision chilena del cobre

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6811 · idParte: 7127909

Texto oficial

Artículo único.- Intercálase en el artículo 4° del decreto ley N° 1.349, de 1976, como inciso tercero nuevo, el siguiente: "Se desempeñará como subrogante del Ministro de Defensa Nacional en este Consejo, el Jefe del Estado Mayor de la Defensa Nacional, quien, cuando se desempeñe como tal, ocupará, para los efectos del orden de precedencia a que se refiere el inciso primero, el mismo lugar que le corresponde al Ministro de Defensa Nacional".