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Artículo 3 del Decreto Ley 2093

Modifica la naturaleza juridica de la comision nacional de reforma administrativa y fija planta de su personal

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6824 · idParte: 8991157

Texto oficial

Artículo 3°- El Presidente de la Comisión Nacional de la Reforma Administrativa tendrá el rango de Ministro y la calidad de Jefe de Servicio. En caso de ausencia, impedimento o vacancia temporales, será subrogado por el Vicepresidente, quien, además, será el responsable directo de la conducción administrativa del Servicio.