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Artículo 1 del Decreto Ley 2156

Modifica la ley n° 17.798 sobre control de armas

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6839 · idParte: 8764938

Texto oficial

Artículo 1°.- Lo dispuesto en el artículo único de este decreto ley, será aplicable a las causas actualmente sometidas al conocimiento de los Tribunales.