Saltar al contenido

Artículo UNICO del Decreto Ley 2176

Aprueba convenio entre la república de chile y la república argentina para evitar la doble tributacion en materias de impuestos sobre la renta, ganancia o beneficio y sobre el capital y el patrimonio, suscrito en santiago de chile el 13 de noviembre de 1976

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6843 · idParte: 9036669

Texto oficial

Artículo único.- Apruébase el Convenio para evitar la Doble Tributación en materia de Impuestos sobre la Renta, Ganancia o Beneficio y sobre el Capital y el Patrimonio entre los Gobiernos de la República de Chile y de la República Argentina, suscrito en Santiago de Chile, el 13 de Noviembre de 1976.