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Artículo 106 del Decreto Ley 2200

Fija normas relativas al contrato de trabajo y a la protección de los trabajadores

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6850 / 8682910.

Texto oficial

Artículo 106.- Corresponde a la Junta Nacional de Jardines Infantiles velar por el cumplimiento de las disposiciones de este párrafo. Cualquiera persona puede denunciar ante este organismo las infracciones de que tuviera conocimiento. Las acciones y derechos provenientes de este párrafo se extinguirán en el término de sesenta días, contados desde la fecha de expiración del período a que se refiere el artículo 100.