Texto oficial
Artículo 166.- Derógase toda norma contraria o incompatible con lo dispuesto en esta ley y, en especial, los libros I y II del Código del Trabajo y los artículos 405 a 409, y 664, del mismo.
Fija normas relativas al contrato de trabajo y a la protección de los trabajadores
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6850 / 8682984.