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Artículo 3 del Decreto Ley 2238

Crea fondos para la comision organizadora de la ix reunion del consejo interamericano para la educacion, la ciencia y la cultura

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6863 / 5879410.

Texto oficial

Artículo 3°.- La Comisión mantendrá los recursos a que se refiere el artículo anterior en una cuenta subsidiaria de la cuenta única fiscal, en el Banco del Estado, sobre la cual girarán conjuntamente el Coordinador General y uno de los miembros de la Comisión designado por ella misma. En ausencia del Coordinador General, firmará el Jefe del Departamento de Asistencia Técnica Internacional del Ministerio de Educación.