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Artículo UNICO del Decreto Ley 2250

Modifica decreto ley n° 1.305, de 1976, que reestructura y regionaliza el ministerio de vivienda y urbanismo y fusiona organismos que se relacionan con el gobierno por su intermedio

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6871 / 7128504.

Texto oficial

Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones al decreto ley N° 1.305, de 1976: 1.- Derógase el texto de la letra E del artículo 10 y el texto del artículo 15. 2.- Suprímese la frase "De la División de Coordinación Regional y Evaluación" que, como subtítulo, antecede al actual artículo 15. 3.- Reemplázase la coma (,) y la conjunción "y" con que finaliza el enunciado de la letra f), del artículo 13, por un punto y coma (;); agrégase la conjunción "y" al final del enunciado de la letra g) del mismo artículo, previa sustitución del punto (.) por un punto y coma (;) que va después del guarismo "1959" con que finaliza e, intercálase la siguiente letra h) nueva, a la misma disposición entre el texto de la letra g) y su inciso final: "h) Mantener, coordinar y supervigilar con los Servicios Regionales y Metropolitano y con las instituciones que se relacionen con el Gobierno por su intermedio, el Registro Nacional de Contratistas a cargo del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo.". 4.- Reemplázase la coma (,) y la conjunción "e", que figuran al final del enunciado de la letra h) del artículo 16, por un punto y coma (;) y agréganse a la mencionada disposición, las siguientes nuevas letras: "j) Recibir de los Servicios Regionales y Metropolitano información periódica de postulaciones y asignaciones, con el objeto de velar por su coordinación y por el cumplimiento de las normas sobre esta materia;" y "k) Evaluar los resultados de la actividad de las Secretarías Ministeriales y de los Servicios Regionales y Metropolitano, e informar de ello al Ministro y al Subsecretario.".