Texto oficial
Artículo 4º.- Introdúcense las siguientes
modificaciones al decreto ley Nº 2.052, de 1977:
a) En el Presupuesto de la Secretaría y
Administración General del Ministerio del Interior, Partida
05, Capítulo 01, en "Gastos en Personal", créase la
siguiente autorización: "Nº de Horas Extraordinarias Año:
1.500", y en la glosa Nº 2, sustitúyese "$ 12.620.000" por
"$ 21.620.000".
b) En el Presupuesto de la Secretaría y
Administración General de Economía, Partida 07, Capítulo
01, en la autorización de Dotación de Vehículos,
sustitúyese el guarismo "4" por "5".
c) En el Presupuesto del Instituto Nacional de
Estadísticas, Partida 07, Capítulo 11, en la autorización
de Horas Extraordinarias Año, sustitúyese el guarismo
"480" por "2.270" y en la Dotación de Vehículos,
sustitúyese el guarismo "13" por "18".
d) En el Presupuesto de la Comisión Nacional de Riego,
Partida 07, Capítulo 16, en "Gastos en Personal", créase
la siguiente autorización: "Nº de Horas Extraordinarias
Año:
1.184" y en la "Dotación de Vehículos", sustitúyese el
guarismo "4" por "10".
e) En el Presupuesto de la Casa de Moneda de Chile,
Partida 08, Capítulo 06, en la autorización de Horas
Extraordinarias Año, sustitúyese el guarismo "120.000" por
"145.000".
f) En el Presupuesto del Instituto de Seguros del
Estado, Partida 08, Capítulo 13, en "Gastos del Personal",
créase la siguiente autorización: "Nº de Horas
Extraordinarias Año: 9.600".
g) En el Presupuesto de la Secretaría y
Administración General del Ministerio de Educación
Pública, Partida 09, Capítulo 01, en la autorización de
Horas Extraordinarias Año, sustitúyese el guarismo "9.930"
por "15.820".
h) En el Presupuesto de la Oficina de Presupuestos del
Ministerio de Educación Pública, Partida 09, Capítulo 07,
en la autorización de Horas Extraordinarias Año,
sustitúyese el guarismo "51.750" por "74.750".
i) En el Presupuesto del Servicio Médico Legal,
Partida 10, Capítulo 03, en la autorización de Dotación
de Vehículos, sustitúyese el guarismo "9" por "12".
j) En el Presupuesto de Gendarmería de Chile, Partida
10, Capítulo 04, en la autorización de Horas
Extraordinarias Año, sustitúyese el guarismo "658.800" por
"728.000".
k) En el Presupuesto de la Sindicatura General de
Quiebras, Partida 10, Capítulo 05, en la autorización de
Horas Extraordinarias Año, sustitúyese el guarismo
"13.680" por "21.680".
l) En el Presupuesto de la Dirección General de Obras
Públicas, Partida 12, Capítulo 02, en la autorización de
Horas Extraordinarias Año, sustitúyese el guarismo:
"765.740" por "825.740".
m) En el Presupuesto de la Partida 50, Tesoro Público,
Capítulo 01 Fisco, Programa 02 Operaciones Complementarias,
Subtítulo 24, al ítem 32.010, le será aplicable también
lo dispuesto en la glosa Nº 2 del referido Programa.