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Artículo 28 del Decreto Ley 2341

Dispone suplementos al presupuesto vigente del sector;publico. crea nuevos item en dicho presupuesto y establece;normas de caracter presupuestario, financiero y de personal

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6891 · idParte: 8784450

Texto oficial

Artículo 28º.- De acuerdo a lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley Nº 90, de Hacienda, de 1977, al cargo de Jefe de Normas y Supervisión de Oficinas Regionales de Presupuestos, grado 6º de la Escala Unica de Sueldos, creado por el decreto supremo Nº 91, de 1978, del Ministerio de Educación Pública, en la planta de la Oficina de Presupuestos de ese Ministerio, le corresponde el Nivel II del Escalafón de Directivos de dicha Secretaría. Elimínase de la identificación de cargos y escalafones de la Secretaría y Administración General del Ministerio de Educación Pública, contenida en el artículo 1º del decreto con fuerza de ley Nº 1.178, de Hacienda, publicado el 14 de Enero de 1978, la correspondiente a un cargo de Jefe de Programación Presupuestaria y Créditos Externos, grado 6º, nivel I, del Escalafón de Directivos, cargo que fue suprimido por el decreto supremo Nº 91, de 1978, del Ministerio de Educación Pública.