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Artículo 13 del Decreto Ley 2376

Establece normas sobre organizacion y eleccion de las directivas sindicales

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6899 · idParte: 9036723

Texto oficial

Artículo 13.- No podrán descontarse de la remuneración de los funcionarios públicos las cuotas que éstos coticen a las asociaciones, agrupaciones o cualquier otra entidad de carácter gremial a que se encuentren afiliados, toda vez que estas organizaciones no revisten carácter sindical.