Saltar al contenido

Artículo 1 transitorio del Decreto Ley 2396

Modifica decreto ley n° 681, de 1974, sobre premios nacionales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6904 / 5879703.

Texto oficial

Artículo transitorio.- Para los efectos de lo establecido en el inciso tercero del número 5° del artículo 1° del presente decreto ley, el Presidente de la República dictará, dentro del plazo de ciento ochenta días a partir de la fecha de su publicación, un reglamento que determinará la forma y condiciones en que se otorgará el beneficio señalado.