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Artículo 2 del Decreto Ley 2463

Modifica decreto ley n° 740, de 1974

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6927 · idParte: 5879848

Texto oficial

Artículo 2°- Facúltase al Presidente de la República, para que dentro de los plazos y con las mismas facultades a que se refieren los decretos leyes 2.101 y 2.311, de 1978, proceda a reorganizar al Instituto de Promoción de Exportaciones. La referida Institución debe considerarse comprendida, para todos los efectos legales, dentro de los Servicios a que se refieren los citados decretos leyes.