Texto oficial
Artículo único.- Derógase el decreto ley N° 2.331, de 1978, y restablécese en el artículo 158, del D.F.L.
(G) N° 1, de 1968, el plazo existente a la fecha de publicación del decreto ley N° 2.331, de 1978.
Deroga el decreto ley n° 2.331, de 1978
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