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Artículo 1 del Decreto Ley 2547

Revaloriza, conforme a disposiciones del decreto ley n 2.444, de 1978, pensiones de regimenes previsionales que señala.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6940 · idParte: 8692998

Texto oficial

Artículo 1°_ Se revalorizarán conforme a las disposiciones del decreto ley N° 2.444, de 1978, las pensiones de regímenes previsionales de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, y de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile que cumplan las condiciones que señala el citado cuerpo legal.