Texto oficial
"Artículo 1°.- Disuélvese, a contar del 1° de Enero
de 1979, la Secretaría Ejecutiva de la Gobernación
Provincial de Arica, creada por decreto ley N° 1.612, de
1976.
Al producirse la disolución de que trata este
artículo, todos los bienes, derechos y obligaciones de la institución referida pasarán, por el solo ministerio de la ley, al patrimonio fiscal. En consecuencia, el Fisco será el sucesor legal de este organismo.