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Artículo 6 del Decreto Ley 2563

Reemplaza el sistema de pago diferido de gravamenes;aduaneros respecto de las importaciones de bienes de;capital que señala

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6952 · idParte: 7128943

Texto oficial

Artículo 6°- El reglamento establecerá la forma de impetrar y conceder el beneficio, las garantías exigibles, el trámite de pago de las cuotas y, en general, las demás disposiciones necesarias para permitir la aplicación del presente decreto ley.