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Artículo UNICO del Decreto Ley 2566

Modifica los articulos 13 y 14 del decreto ley n° 2.444, de 28 de diciembre de 1978

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6955 · idParte: 8891205

Texto oficial

Artículo único.- Sustitúyese, en el inciso tercero del artículo 58 del decreto ley N° 670, de 1974, agregado por el artículo 13 del decreto ley N° 2.444, de 1978, la fecha "1° de Septiembre de 1979", por "1° de Mayo de 1979". Sustitúyese, asimismo, en el artículo 14 del referido decreto ley N° 2.444, la fecha "primero de Septiembre de 1979", por "primero de Mayo de 1979".