Texto oficial
Artículo 4°- Agrégase el siguiente N° 5 al inciso
tercero del artículo 363 del Código de Procedimiento
Penal:
5°- Cuando se trata de los delitos contemplados en el
artículo 5° a), 5° b), y 6° letras c), d), e) y g) de la
ley N° 12.927 de Seguridad del Estado; en el artículo 58°
del DFL. número 221, de 1931 sobre Navegación Aérea; en
el inciso primero del artículo 8° de la ley N° 17.798,
sobre Control de Armas; o cuando se trata de los delitos
previstos en los artículos 293, 323 a 326; 474 a 476, y 480
del Código Penal, cometidos con el objeto de atentar contra
el orden social".