Texto oficial
Artículo 2°- Derógase el decreto ley N° 826, de 1974, y sus modificaciones posteriores, así como los decretos supremos N°s 443, de 1° de Febrero de 1940 y 42, de 15 de Enero de 1976, ambos del Ministerio de Hacienda, y cualesquiera otras normas legales o reglamentarias contrarias a las disposiciones de este decreto ley.
Deróganse, asimismo, las letras a) y d) del N° 17, del artículo 97 del Código Tributario.