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Artículo 1 transitorio del Decreto Ley 2752

Modifica decreto ley n° 825, de 1974, a fin de integrar impuestos a las bebidas alcoholicas al sistema IVA

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6988 / 7129206.

Texto oficial

Artículo transitorio.- Los vendedores que al 30 de Junio de 1979 tengan en existencia productos que en su adquisición han sido afectados por los impuestos contenidos en el decreto ley N° 826, de 1974, tendrán derecho a rebajar como crédito fiscal el monto de los impuestos de dicho decreto ley soportados en la adquisición de las referidas existencias, siempre que se cumplan los requisitos establecidos al efecto por dicho texto legal.